El convenio especial con la Seguridad Social es una opción que puede resultar interesante en determinadas situaciones. Permite a las personas que no están en activo seguir cotizando a la Seguridad Social para mantener los derechos y prestaciones que les corresponden. En este artículo, examinaremos cuándo interesa optar por un convenio especial y cuáles son las situaciones en las que puede ser beneficioso.
Convenio especial con la Seguridad Social: ¿Qué es?
El convenio especial es un acuerdo que una persona puede suscribir con la Seguridad Social para seguir cotizando, incluso cuando ya no está trabajando. De esta manera, se garantiza la continuidad de sus derechos y prestaciones, como la pensión de jubilación o las prestaciones por enfermedad o incapacidad.
Este acuerdo puede ser suscrito por cualquier persona que no esté en activo, ya sea porque está desempleada, porque ha finalizado su contrato laboral o porque ha optado por una actividad no remunerada, como el cuidado de hijos o familiares.
¿Cuándo interesa optar por un convenio especial?
Si bien el convenio especial puede resultar interesante en diferentes situaciones, existen algunos casos en los que su suscripción resulta especialmente beneficiosa:
1. Desempleo de larga duración
En situaciones de desempleo prolongado, el convenio especial puede resultar una opción atractiva para mantener la protección social y evitar la pérdida de derechos adquiridos. De esta manera, se puede mantener la cotización durante un periodo determinado y seguir acumulando periodos cotizados para la jubilación.
2. Prejubilación o jubilación parcial
Las personas que se encuentran en situación de prejubilación o jubilación parcial pueden optar por suscribir un convenio especial para mantener sus cotizaciones y garantizar una pensión acorde a su situación laboral anterior.
3. Actividad no remunerada
En el caso de las personas que realizan una actividad no remunerada, como el cuidado de hijos o familiares, el convenio especial permite mantener su protección social y seguir cotizando a la Seguridad Social.
4. Trabajo en Gibraltar y cotización en España
Una situación particular es la de las personas que trabajan en Gibraltar pero cotizan en España. En este caso, el convenio especial puede ser una opción interesante para asegurar la cotización en la Seguridad Social española y mantener los derechos y prestaciones correspondientes.
COVID y cumplimiento de las medidas sanitarias: Las empresas pueden sancionar e incluso despedir a trabajadores por conducta irresponsable o negligente
En el contexto de la pandemia de COVID-19, el cumplimiento de las medidas sanitarias es fundamental para proteger la salud de todos. Las empresas tienen la responsabilidad de velar por la seguridad y salud de sus empleados y pueden tomar medidas disciplinarias ante conductas irresponsables o negligentes.
Es importante seguir las recomendaciones y normativas establecidas por las autoridades sanitarias y cumplir con todas las medidas de prevención, como el uso de mascarillas, lavado de manos frecuente, mantener la distancia social y evitar aglomeraciones.
Las empresas pueden aplicar sanciones, como suspensiones de empleo y sueldo, por incumplimiento grave de las medidas sanitarias. Incluso en casos extremos, la conducta irresponsable o negligente puede ser motivo de despido.
¿Puedo trabajar en otra empresa si estoy en un ERTE?
Una pregunta frecuente en relación al Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) es si se puede trabajar en otra empresa mientras se está en esta situación. La respuesta es sí, pero con ciertas condiciones y restricciones.
Durante la situación de ERTE, se pueden realizar trabajos en otras empresas, siempre y cuando no se vulneren los motivos del ERTE y se cumpla con la normativa establecida. Es importante notificar a la empresa en la que se encuentra en ERTE sobre cualquier actividad laboral que se realice en paralelo.
Es fundamental tener en cuenta que los ingresos obtenidos por el trabajo en otra empresa pueden tener consecuencias en la prestación económica que se recibe durante el ERTE, ya que se pueden producir ajustes en la cuantía de la prestación en función de los ingresos adicionales.
¿Puede un interino tener derecho a una excedencia voluntaria? (STSJCV 597/2020, de 16 de septiembre)
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) se ha pronunciado sobre la posibilidad de que un interino tenga derecho a solicitar una excedencia voluntaria. En su sentencia 597/2020, de 16 de septiembre, el TSJCV establece que los interinos no tienen derecho a solicitar una excedencia voluntaria.
La Sala Social del TSJCV argumenta que los interinos desempeñan un trabajo temporal y su relación laboral está sujeta a las necesidades del servicio público. Por lo tanto, la solicitud de una excedencia voluntaria no está contemplada en su régimen jurídico, a diferencia de los funcionarios de carrera.
Esta sentencia deja claro que, en principio, los interinos no pueden solicitar una excedencia voluntaria, aunque pueden estar sujetos a otras regulaciones o condiciones específicas establecidas por cada administración pública.
Siete aclaraciones sobre la nueva Ley del Trabajo a Distancia
La nueva Ley del Trabajo a Distancia, aprobada en septiembre de 2020, establece un marco regulatorio para el teletrabajo y busca garantizar los derechos laborales de las personas que desempeñan su actividad desde casa. A continuación, se presentan siete aclaraciones sobre esta ley:
- El teletrabajo es voluntario para el trabajador y el empresario. No se puede imponer unilateralmente.
- El teletrabajo debe ser regulado en un acuerdo o contrato entre la empresa y el trabajador.
- El trabajador tiene derecho a recibir las dotaciones necesarias para el desempeño de su actividad a distancia.
- El teletrabajo no implica una disminución de los derechos y garantías laborales establecidas en el Estatuto de los Trabajadores.
- El trabajador a distancia tiene derecho a la desconexión digital fuera de su horario laboral.
- El trabajador tiene derecho a solicitar el retorno a la actividad presencial cuando lo desee, aunque debe haber un acuerdo entre las partes.
- La empresa debe garantizar la protección de los datos personales y la seguridad de la información en el teletrabajo.
Los intentos de fraude en el alquiler bajan con la COVID-19: un 35% menos que en marzo
La pandemia de COVID-19 ha tenido efectos en diferentes aspectos de la sociedad, incluyendo el mercado de alquiler de viviendas. Según datos recientes, los intentos de fraude en el alquiler han disminuido un 35% en comparación con marzo de este año.
El confinamiento y las restricciones de movilidad han reducido la disponibilidad de viviendas para visitas presenciales, lo que ha dificultado los intentos de estafa en el alquiler. Además, la crisis económica derivada de la pandemia ha llevado a un descenso en la demanda de viviendas en alquiler y, por ende, a una menor cantidad de posibles víctimas de fraude.
A pesar de esta disminución, es importante estar alerta y tomar precauciones al alquilar una vivienda, como verificar la identidad del propietario, firmar un contrato en condiciones legales y evitar el pago anticipado sin garantías.
En conclusión, el convenio especial con la Seguridad Social puede resultar interesante en diferentes situaciones, como el desempleo prolongado, la prejubilación o la realización de actividades no remuneradas. Además, se debe cumplir con las medidas sanitarias establecidas en el contexto de la pandemia de COVID-19 y tener en cuenta las restricciones y condiciones en caso de estar en un ERTE. Asimismo, es importante conocer los derechos y obligaciones en situaciones como la solicitud de una excedencia voluntaria o el teletrabajo. Por último, aunque los intentos de fraude en el alquiler han disminuido con la COVID-19, se recomienda tomar precauciones al buscar una vivienda en alquiler.
¿Qué derechos tengo si firmo un convenio especial con la Seguridad Social?
Un convenio especial con la Seguridad Social es un acuerdo que se establece entre un trabajador y la Administración de la Seguridad Social para mantener la protección social del trabajador en situaciones específicas. A continuación, te explicaremos algunos de los derechos que tienes si decides firmar un convenio especial.
1. Cobertura de la pensión de jubilación: Uno de los principales beneficios de firmar un convenio especial es que seguirás cotizando a la Seguridad Social, lo cual te permitirá mantener tu derecho a recibir una pensión de jubilación en el futuro. Si bien la cuantía de la pensión dependerá de diversos factores, como la base de cotización y el tiempo cotizado, es importante asegurarte de mantener este derecho para no sufrir ninguna carencia.
2. Cobertura de la prestación por incapacidad permanente: En caso de que sufras una enfermedad o accidente que te deje incapacitado para trabajar de forma permanente, el convenio especial también te proporciona una cobertura de la prestación por incapacidad permanente. Esto significa que podrás recibir una pensión mensual para cubrir tus necesidades básicas y la de tus familiares a cargo, en caso de que tengas.
3. Cobertura de la prestación por muerte y supervivencia: En caso de fallecimiento, el convenio especial también te proporciona cobertura para tus familiares dependientes. Estos podrían recibir una pensión por muerte y supervivencia que les ayude a cubrir sus gastos diarios y mantener su nivel de vida.
4. Mantenimiento de la asistencia sanitaria: Otra ventaja de firmar un convenio especial es que mantendrás el derecho a recibir asistencia sanitaria a través de la Seguridad Social. Esto significa que podrás acceder a consultas médicas, tratamientos, hospitalización y recetas médicas, entre otros servicios médicos necesarios.
En resumen, firmar un convenio especial con la Seguridad Social te garantiza mantener tus derechos a la pensión de jubilación, prestaciones por incapacidad permanente, prestaciones por muerte y supervivencia, y asistencia sanitaria. Es importante destacar que los requisitos y condiciones pueden variar dependiendo de la normativa vigente y tu situación particular, por lo que se recomienda consultar con un profesional del derecho laboral o con la propia Seguridad Social para obtener información actualizada y precisa.
Requisitos para firmar un convenio especial con la Seguridad Social
Si estás interesado en firmar un convenio especial con la Seguridad Social, debes cumplir con ciertos requisitos establecidos por la normativa vigente. A continuación, te explicaremos los principales requisitos que debes tener en cuenta antes de formalizar este acuerdo.
1. Ser mayor de 18 años: Para poder firmar un convenio especial con la Seguridad Social, es necesario ser mayor de edad. Esto significa que si aún eres menor de edad, deberás esperar hasta cumplir los 18 años para poder acceder a este tipo de acuerdo.
2. Estar dado de baja en la Seguridad Social: El convenio especial se establece para personas que han dejado de cotizar al sistema de la Seguridad Social, ya sea por la pérdida de empleo o por otras situaciones similares. Por lo tanto, debes asegurarte de estar dado de baja correctamente y cumplir con los requisitos de cotización exigidos.
3. No estar percibiendo prestaciones por desempleo: Si estás recibiendo prestaciones por desempleo, como la prestación contributiva o el subsidio por desempleo, no podrás firmar un convenio especial con la Seguridad Social. Esto se debe a que estas prestaciones ya garantizan ciertos derechos de protección social mientras estés en situación de desempleo.
4. Cumplir con los plazos de solicitud: Es importante tener en cuenta los plazos establecidos para solicitar un convenio especial. En general, se recomienda presentar la solicitud dentro de los 90 días hábiles siguientes a la fecha de baja en la Seguridad Social, aunque es posible que este plazo pueda variar según cada caso particular.
Recuerda que estos son solo algunos de los requisitos generales para firmar un convenio especial con la Seguridad Social. Es posible que existan otros requisitos adicionales dependiendo de tu situación específica. Por ello, te recomendamos consultar con un profesional del derecho laboral o con la propia Seguridad Social para obtener información actualizada y precisa sobre los requisitos y trámites necesarios para formalizar este acuerdo.
FAQS – Preguntas Frecuentes
Pregunta 1: ¿Qué es el convenio especial con la Seguridad Social?
Respuesta 1: El convenio especial con la Seguridad Social es un acuerdo que permite a las personas seguir cotizando y acceder a determinadas prestaciones incluso cuando no cumplen los requisitos para estar cubiertos por el régimen general.
Pregunta 2: ¿Cuándo interesa suscribir un convenio especial con la Seguridad Social?
Respuesta 2: Interesa suscribir un convenio especial cuando se han dejado de cotizar al régimen general pero se desea mantener la protección social y seguir acumulando tiempo de cotización.
Pregunta 3: ¿Cuáles son las personas que pueden optar por un convenio especial?
Respuesta 3: Pueden optar por un convenio especial aquellos trabajadores que hayan causado baja en el régimen general, así como los autónomos que hayan cesado su actividad.
Pregunta 4: ¿Qué ventajas ofrece el convenio especial con la Seguridad Social?
Respuesta 4: Al suscribir un convenio especial, se mantiene la protección por enfermedad y accidentes, se pueden seguir cotizando para la jubilación y se accede a prestaciones como la incapacidad temporal.
Pregunta 5: ¿Cómo se calcula la cuota a pagar en el convenio especial?
Respuesta 5: La cuota a pagar en el convenio especial se calcula en base a diferentes factores, como los ingresos del último año antes de causar baja en el régimen general, la base de cotización elegida y la edad del solicitante.