Obteniendo la nacionalidad española por residencia: todo lo que necesitas saber
Reseñamos los aspectos más relevantes del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se regula el nuevo procedimiento de adquisición de la nacionalidad española por residencia
El Real Decreto 1004/2015 establece un nuevo procedimiento de adquisición de la nacionalidad española por residencia, el cual entró en vigor el 15 de octubre de 2015. En este artículo, vamos a repasar los aspectos más importantes de este decreto y los requisitos que se deben cumplir para obtener la nacionalidad española.
Ámbito subjetivo
El Real Decreto establece que podrán solicitar la nacionalidad española por residencia aquellas personas mayores de edad que hayan residido de forma legal, continuada e inmediatamente anterior en territorio español durante un periodo de diez años de forma general. Sin embargo, existen algunos casos en los que este periodo se reduce, como por ejemplo a cinco años para los solicitantes que hayan obtenido la condición de refugiados o a dos años para los nacionales de países de Iberoamérica, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.
Además, se establece que el solicitante debe ser legalmente competente, es decir, tener capacidad para obrar y no estar sujeto a alguna de las causas de privación o pérdida de la nacionalidad.
Órgano competente
El órgano competente para resolver las solicitudes de nacionalidad española por residencia es el Ministerio de Justicia. También se determina que los expedientes se tramitarán y resolverán en unidades administrativas que estén debidamente habilitadas en las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno de las diferentes comunidades autónomas.
Tramitación electrónica del procedimiento
El nuevo procedimiento de adquisición de la nacionalidad española por residencia se ha adaptado a las nuevas tecnologías, por lo que se puede realizar de forma telemática a través del Portal de Administración Electrónica del Ministerio de Justicia. Se ha implementado un sistema de identificación y firma electrónica que permite una mayor agilidad en los trámites y una reducción de la documentación física requerida.
Procedimiento
1. Iniciación del procedimiento
El procedimiento se inicia con la presentación de la solicitud por parte del interesado. Esta solicitud debe ir acompañada de la documentación requerida, que se detalla en el apartado siguiente.
2. Documentación a presentar
Para solicitar la nacionalidad española por residencia, se deben presentar los siguientes documentos:
– Pasaporte completo y en vigor.
– Certificado de antecedentes penales del país de origen y de los países en los que el solicitante haya residido durante los últimos cinco años.
– Certificado de empadronamiento.
– Certificado de buena conducta ciudadana.
– Certificado de nacimiento.
– Certificado de matrimonio (en caso de ser casado/a con un/a español/a).
– Certificado de defunción (en caso de que el/a cónyuge español/a haya fallecido).
Es importante tener en cuenta que estos documentos deben estar legalizados o apostillados, según corresponda, y traducidos al español por un traductor jurado, si están redactados en otro idioma.
3. Pruebas relativas al grado de integración en la sociedad española
El solicitante deberá realizar una prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España, que evaluará su grado de integración en la sociedad española. Para aprobar esta prueba, se requerirá un conocimiento básico del idioma español y de la cultura y la sociedad española.
4. Instrucción del procedimiento
Una vez presentada la solicitud y la documentación correspondiente, se llevará a cabo la instrucción del procedimiento. En esta etapa, se realizarán los trámites necesarios para comprobar que se cumplen todos los requisitos exigidos por la ley. Además, se realizará una entrevista personal con el solicitante para evaluar su grado de integración y conocimiento de la sociedad española.
5. Finalización del procedimiento
Una vez completada la instrucción, se emitirá una propuesta de resolución en la que se indicará si se concede o se deniega la nacionalidad española. En caso de ser concedida, se procederá a la juramentación o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes.
6. Eficacia de la resolución
La resolución tiene efectos desde el día siguiente al de su notificación. A partir de este momento, el interesado adquiere la nacionalidad española y puede solicitar el correspondiente documento de identidad.
7. Juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes
Como requisito final para adquirir la nacionalidad española por residencia, el solicitante debe realizar un juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes. Esta ceremonia se lleva a cabo en el Registro Civil correspondiente y se realiza de forma individual.
8. Recursos
En caso de que la solicitud sea denegada, el interesado puede interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución. Si este recurso es desestimado, se puede acudir a la vía contencioso-administrativa.
En conclusión, obtener la nacionalidad española por residencia es un proceso que requiere cumplir una serie de requisitos y realizar varios trámites. El Real Decreto 1004/2015 establece las pautas a seguir y ofrece un procedimiento más ágil y adaptado a las nuevas tecnologías. Si estás interesado en adquirir la nacionalidad española, es importante informarte adecuadamente y contar con la documentación necesaria para presentar la solicitud.
Requisitos para obtener la nacionalidad española por residencia
Para poder obtener la nacionalidad española por residencia, es necesario cumplir con una serie de requisitos que establece la legislación vigente. A continuación, detallaremos los principales requisitos que se deben cumplir:
1. Residencia legal y continuada en España: Para solicitar la nacionalidad española por residencia, es necesario haber residido legalmente y de forma continuada en España durante un período determinado de tiempo. Este período varía en función de diferentes circunstancias, como la nacionalidad del solicitante y la existencia de vínculos familiares en España.
2. Buena conducta cívica: El solicitante debe contar con una buena conducta cívica, es decir, no haber sido condenado por delitos graves ni tener antecedentes penales. Además, se evaluará si el solicitante ha cumplido con sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
3. Conocimientos básicos de la lengua española: Es necesario que el solicitante demuestre tener un nivel básico de conocimiento de la lengua española. Esto se puede acreditar mediante la superación de un examen de español para extranjeros o mediante la presentación de certificados de estudios en los que se acredite el nivel de conocimiento de la lengua española.
4. Integración en la sociedad española: Se evaluará el grado de integración del solicitante en la sociedad española, valorando aspectos como la participación en la vida social, cultural y económica del país, la colaboración en actividades de interés general y la existencia de vínculos familiares, laborales o de otra índole en España.
5. Renuncia a la nacionalidad de origen: En algunos casos, es necesario renunciar a la nacionalidad de origen para poder obtener la nacionalidad española por residencia. Sin embargo, existen excepciones a esta regla, como por ejemplo, los ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes originarios de España.
Es importante tener en cuenta que estos requisitos pueden variar en función de la legislación vigente en cada momento, por lo que es recomendable consultar la normativa actualizada antes de iniciar los trámites para obtener la nacionalidad española por residencia.
Proceso de solicitud de la nacionalidad española por residencia
El proceso de solicitud de la nacionalidad española por residencia se encuentra regulado por el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre. A continuación, se detalla el procedimiento a seguir:
1. Iniciación del procedimiento: El solicitante debe presentar una solicitud en la que se incluirán los datos personales, los datos de residencia en España y la documentación requerida.
2. Documentación a presentar: Se deberá adjuntar a la solicitud una serie de documentos, entre ellos: el certificado de nacimiento, certificado de antecedentes penales, certificado de empadronamiento, justificante de pago de la tasa correspondiente y, en su caso, documentos que acrediten la renuncia a la nacionalidad de origen.
3. Pruebas relativas al grado de integración en la sociedad española: Se llevarán a cabo pruebas de integración para evaluar el grado de adaptación del solicitante a la sociedad española. Estas pruebas pueden consistir en entrevistas personales, pruebas de conocimiento sobre la cultura y costumbres españolas, o la participación en cursos de formación cívica.
4. Instrucción del procedimiento: Una vez presentada la solicitud y la documentación correspondiente, se realizará una instrucción del procedimiento en la que se verificará la veracidad de los datos aportados y se comprobará el cumplimiento de los requisitos.
5. Finalización del procedimiento: Una vez analizada la solicitud y la documentación, se emitirá una resolución favorable o desfavorable, en función de si se cumplen o no los requisitos exigidos.
6. Eficacia de la resolución: En el caso de que se emita una resolución favorable, esta tendrá efectos retroactivos desde la fecha de presentación de la solicitud. A partir de este momento, el solicitante gozará de todos los derechos y deberes que corresponden a los ciudadanos españoles.
7. Juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes: Antes de obtener la nacionalidad española, el solicitante deberá prestar un juramento o promesa de fidelidad al Rey de España y de obediencia a la Constitución y a las Leyes del país.
8. Recursos: En caso de recibir una resolución desfavorable, el solicitante podrá interponer los recursos que correspondan según la normativa vigente.
Es fundamental tener en cuenta que el procedimiento para obtener la nacionalidad española por residencia puede varíar en función de la legislación y los trámites administrativos vigentes en cada momento. Por lo tanto, es aconsejable consultar la normativa actualizada y contar con el asesoramiento de un profesional en derecho de extranjería.
FAQS – Preguntas Frecuentes
1. Pregunta: ¿Cuánto tiempo de residencia se requiere para obtener la nacionalidad española?
Respuesta: Para obtener la nacionalidad española por residencia, se requiere haber residido legalmente en España de forma continuada durante al menos 10 años.
2. Pregunta: ¿Es posible reducir el tiempo de residencia necesario para obtener la nacionalidad española?
Respuesta: Sí, existen ciertos casos en los que se puede reducir el tiempo de residencia a 5 años, como en el caso de ciudadanos de países iberoamericanos, originarios de países de sefardíes o de países de habla hispana.
3. Pregunta: ¿Qué requisitos adicionales se deben cumplir para obtener la nacionalidad española por residencia?
Respuesta: Además del tiempo de residencia, es necesario cumplir con otros requisitos como demostrar la integración en la sociedad española, tener conocimientos básicos del idioma español y pasar un examen sobre la cultura y la constitución española.
4. Pregunta: ¿Se puede adquirir la nacionalidad española por residencia si se ha cometido un delito?
Respuesta: No, si el solicitante tiene antecedentes penales o ha sido condenado por un delito grave, es posible que se le deniegue la nacionalidad española.
5. Pregunta: ¿Puedo retener mi nacionalidad original al obtener la nacionalidad española por residencia?
Respuesta: Sí, España permite la doble nacionalidad, por lo que es posible conservar la nacionalidad original al obtener la nacionalidad española, siempre y cuando la legislación del país de origen lo permita.