¿Quién debe presentar el modelo 347? Descubre quiénes están obligados
El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar ciertos contribuyentes en España. Su objetivo principal es informar a la Agencia Tributaria sobre las operaciones con terceros que hayan superado los 3.005,06 euros durante el ejercicio fiscal. A continuación, vamos a profundizar en los detalles de esta obligación fiscal y a responder a las principales dudas y preguntas sobre el modelo 347.
1. ¿Qué es el modelo 347 y para qué sirve?
El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar los contribuyentes que hayan realizado operaciones con terceros superiores a 3.005,06 euros durante el año fiscal. Sirve para proporcionar a la Agencia Tributaria información detallada sobre estas operaciones y así evitar el fraude fiscal y la elusión de impuestos.
2. Quiénes están obligados a presentar el modelo 347
Están obligados a presentar el modelo 347 las personas físicas y jurídicas, así como las entidades sin personalidad jurídica que estén sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Sin embargo, no todas están obligadas a presentarlo. La presentación del modelo 347 es obligatoria para aquellos contribuyentes que realicen operaciones con terceros que sumen más de 3.005,06 euros durante el año.
3. Excepciones para la presentación del modelo 347
Existen una serie de excepciones en las que no será obligatorio presentar el modelo 347, incluso si se cumplen los requisitos mencionados anteriormente. Algunas de estas excepciones son:
- Operaciones realizadas en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) pero exentas del mismo.
- Operaciones realizadas con entidades públicas.
- Operaciones realizadas por profesionales no sujetos al IVA.
- Operaciones realizadas por agricultores, ganaderos o pescadores en el ejercicio de sus actividades.
- Operaciones realizadas por particulares no sujetos al IVA.
4. ¿Qué información se debe incluir en el modelo 347?
En el modelo 347 se debe incluir la información relativa a las operaciones realizadas con terceros que hayan superado los 3.005,06 euros durante el año fiscal. Esta información incluye los datos identificativos de la empresa o persona física con la que se ha realizado la operación, el importe de la operación, así como el tipo de operación realizada.
5. Fechas y plazos para la presentación del modelo 347
El plazo para la presentación del modelo 347 es anual y se corresponde con el año natural anterior. Es decir, si estamos en el año 2022, se deberá presentar la declaración correspondiente al año 2021. El plazo para presentar el modelo 347 será durante el mes de febrero del año siguiente al que corresponda la declaración.
6. Consejos para cumplimentar el modelo 347 correctamente
Para cumplimentar correctamente el modelo 347 es importante seguir una serie de consejos:
- Revisar detenidamente todas las operaciones realizadas con terceros durante el año fiscal.
- Asegurarse de incluir toda la información requerida en el modelo 347.
- Guardar un registro actualizado de las operaciones realizadas y los importes correspondientes.
- Contar con la asesoría de un profesional fiscal para evitar errores y problemas.
7. Sanciones por no presentar el modelo 347
El incumplimiento de la obligación de presentar el modelo 347 puede conllevar sanciones económicas por parte de la Agencia Tributaria. Estas sanciones pueden variar en función de la gravedad del incumplimiento y oscilan entre los 300 euros y los 20.000 euros.
8. ¿Cómo se presenta el modelo 347?
La presentación del modelo 347 se realiza de forma telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria. Para ello, es necesario disponer de un certificado digital o del sistema Cl@ve PIN. Una vez cumplimentado el formulario, se debe enviar a la Agencia Tributaria dentro del plazo establecido.
9. Dudas comunes sobre el modelo 347
A continuación, abordaremos algunas dudas comunes sobre el modelo 347:
¿Cuál es la sanción por presentar fuera de plazo?
La presentación del modelo 347 fuera de plazo puede conllevar una sanción económica que oscila entre los 150 euros y los 1.500 euros.
Si no he superado los 3.005,06 euros en operaciones con terceros, ¿debo presentar el modelo 347?
No, si no has superado el umbral de los 3.005,06 euros en operaciones con terceros durante el año fiscal, no estarás obligado a presentar el modelo 347.
10. ¿El modelo 347 es obligatorio para autónomos y pymes?
Sí, el modelo 347 también es obligatorio para autónomos y pymes que cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. No importa el tamaño de la empresa, si supera el umbral establecido deberá presentar el modelo 347.
En conclusión, el modelo 347 es una declaración informativa obligatoria para ciertos contribuyentes en España que hayan realizado operaciones con terceros superiores a 3.005,06 euros durante el año fiscal. Es importante cumplir con esta obligación tributaria para evitar sanciones y garantizar el cumplimiento de las normativas fiscales vigentes. Recuerda consultar con un profesional fiscal ante cualquier duda o inquietud sobre el modelo 347.
11. Obligaciones adicionales en la presentación del modelo 347
El modelo 347 es un trámite fiscal que deben realizar ciertas empresas y autónomos en España. Sin embargo, existen ciertas obligaciones adicionales en la presentación de este modelo que es importante conocer.
1. Desglose de operaciones por trimestre: Si eres una gran empresa o entidad en la que debes presentar el modelo 347 de forma trimestral, es necesario que incluyas un desglose detallado de las operaciones realizadas en cada trimestre. Esto implica separar las operaciones por trimestre y proporcionar información específica sobre cada una de ellas.
2. Desglose de operaciones por provincia: Además del desglose trimestral, también debes incluir un desglose de las operaciones realizadas por provincia. Esto implica identificar y proporcionar información sobre las operaciones que se han realizado en cada provincia en la que has tenido actividad económica durante el año fiscal.
Es importante destacar que el desglose de operaciones por trimestre y por provincia puede resultar un proceso tedioso y laborioso, especialmente para aquellas empresas con un gran volumen de operaciones o que operan en varias provincias. Sin embargo, es fundamental cumplir con esta obligación adicional para evitar posibles sanciones o inconvenientes con Hacienda.
En resumen, en la presentación del modelo 347 existen obligaciones adicionales que deben tener en cuenta ciertas empresas y autónomos. Entre estas obligaciones se encuentran el desglose de operaciones por trimestre y por provincia, lo cual implica proporcionar información detallada sobre las operaciones realizadas en cada periodo y en cada provincia en la que se ha tenido actividad económica. Cumplir con estas obligaciones adicionales es fundamental para evitar problemas con Hacienda y garantizar el correcto cumplimiento de tus responsabilidades fiscales.
FAQS – Preguntas Frecuentes
Pregunta: ¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 347?
Respuesta: Están obligados a presentar el modelo 347 todas las personas físicas y jurídicas que realicen operaciones con terceros por un importe superior a 3.005,06 euros durante el año.
Pregunta: ¿Qué operaciones deben incluirse en el modelo 347?
Respuesta: Todas las operaciones realizadas con terceros que superen el importe de 3.005,06 euros deben ser incluidas en el modelo 347, tanto si son operaciones de compra como de venta.
Pregunta: ¿Cuándo debe presentarse el modelo 347?
Respuesta: El modelo 347 debe presentarse durante el mes de febrero de cada año, concretamente entre el 1 y el 28 de febrero.
Pregunta: ¿Existen excepciones o situaciones en las cuales no es necesario presentar el modelo 347?
Respuesta: Sí, existen algunas excepciones. Por ejemplo, no es necesario presentar el modelo 347 si la declaración de operaciones con terceros ya se ha realizado a través del modelo 340. Además, también quedan exentas las operaciones realizadas con otras empresas que estén incluidas en el régimen de devolución mensual de IVA.
Pregunta: ¿Qué ocurre si no se presenta el modelo 347 en plazo?
Respuesta: Si no se presenta el modelo 347 dentro del plazo establecido, se puede recibir una sanción económica por parte de la Agencia Tributaria.
